Oficio 03 CEFDPA – Acta del Comité Electoral Federación Deportiva Peruana de Atletismo
ACTA N° 003
COMITÉ ELECTORAL
FEDERACIÓN DEPORTIVA PERUANA DE ATLETISMO
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En Lima, a los Veintiséis (26) días del mes de octubre del año 2020, y siendo las 17:00 horas, se reunieron, de manera virtual, mediante el aplicativo Whatssap, todos los miembros del COMITÉ ELECTORAL de la Federación Deportiva Peruana de Atletismo, mismos que a continuación se detallan:
– Carlos Jesús Martin Hurtado de Mendoza Falla (Presidente)
– Marcos Roberto Rivera Kitano (Vicepresidente)
– Reyna Cusi Huamán (Secretaria)
Una vez verificada la correcta convocatoria de los miembros Comité Electoral, y siendo que existe el quórum requerido para llevar adelante la sesión y tomar los acuerdos necesarios, se decidió declararla válidamente convocada y constituida, fungiendo como presidente el Sr. CARLOS JESUS MARTIN HURTADO DE MENDOZA FALLA y como secretaria el Srta. REYNA CUSI HUAMAN.
Acto seguido, se aprobó por UNANIMIDAD entre los presentes los siguientes puntos de la agenda:
1. Evaluación de los sucesos ocurridos respecto a la publicación del Reglamento Electoral
2. Anulación de la Convocatoria a Elecciones
1. EVALUACIÓN DE LOS SUCESOS OCURRIDOS RESPECTO A LA PUBLICACIÓN DEL REGLAMENTO ELECTORAL
El Presidente del Comité Electoral señala que el Reglamento Electoral aprobado y modificado por el Comité Electoral con fecha 23 de octubre del 2020 (Reglamento Final) y comunicado al Presidente de la Federación Peruana de Atletismo el 24 de octubre del 2020 (publicado ese mismo día), ha sido retirado de la página web el día de hoy 26 de octubre del 2020 y se ha publicado el Reglamento Electoral del 22 de octubre el mismo que fuera posteriormente modificado por éste órgano colegiado rectificando algunos errores que se tuvieron en un primer momento y que fueran advertidos por el Presidente de la Federación y por miembros de su Junta Directiva, según constan en el Acta N° 002 del Comité Electoral con el que se aprobó la modificación.
El Sr. Vicepresidente, considera que el hecho de que no se encuentre publicado en la página web el Reglamento Electoral modificado (Reglamento Final) y debidamente comunicado al Presidente de la Federación, entorpece la labor del Comité Electoral y ha generado que existan circulando dos Reglamentos Electorales, el primero de fecha 22 de octubre del 2020 y el segundo que es el Reglamento Final de fecha 23 de octubre del 2020 y que fue publicado en la página web el día 24 de octubre con la convocatoria.
El Sr. Presidente del C.E. informa que ha llegado al correo electrónico realizada por el Sr. Gustavo Cárdenas señalando lo siguiente:
“Señores
“Comité Electoral
Federación Deportiva Peruana de Atletismo
Presente.-
Me dirijo a Ustedes para solicitarles, en forma breve y directa, una aclaración en relación a dos comunicaciones recibidas por el Comité Electoral de la Federación Deportiva Peruana de Atletismo y que requieren una respuesta inmediata.
El Día Viernes 23 de octubre del 2020, a las 11.30 recibí una comunicación en la que se dice, en forma textual:
Buenos días sirva la presente para saludarlos en nombre del comité electoral y a la vez remitimos el reglamento que regirá las elecciones de la nueva junta directiva periodo 2020 – 2024 de nuestra federación para su publicación en la página Web dando por iniciado el proceso electoral.
Dicha comunicación fue remitida, en forma transparente, a los miembros de la Junta Directiva de la Federación para información general.
Al día siguiente, recibimos una comunicación de la Tesorera de la entidad, la Sra. Marita Letts con unos comentarios a la comunicación recibida el día anterior. Siguiendo la misma política transparente que ha caracterizado mi gestión, reenvié la comunicación recibida cuyo texto decía a la letra
buenas tardes, mucho agradeceré cualquier comentario sobre el REGLAMENTO aprobado, sea enviado ellos para ser corregido si fuera el caso por algún error o aclarado por ellos mismos y con el fin de publicarlo, esto tendría que ser a la brevedad.
Como verán ninguno envió comunicación alguna al comité enviado al Presidente y por lo tanto se daba como cerrado el caso.
Tras esa comunicación, recibí un nuevo mensaje oficial de parte de Ustedes, como Comité Electoral, con un nuevo Reglamento Electoral sin especificar que dicho reglamento habia sido modificado por Uds , en determinados artículos, el que previamente habíamos recibido un día antes.
De acuerdo a los pasos establecidos, se ha procedido a publicar en la página web de la Federación Deportiva Peruana de Atletismo y en sus distintos canales de comunicación el Reglamento y los demás documentos recibidos el día viernes 23 de octubre.Pero ha causado confusión, la nueva versión del Reglamento recibido el día Sábado 24.
Requerimos que nos aclaren a la brevedad con cuál de los dos documentos es el correcto y definitivo, toda vez que el publicado es el del 23 y no el del 24 del corriente.
A la espera de su respuesta
Gustavo Cárdenas Brou
Presidente
Federación Deportiva Peruana de Atletismo”
El Sr. Presidente del Comité Electoral indica que no es correcto lo indicado por el Sr. Gustavo Cárdenas, pues con fecha 24 de octubre se envío un correo electrónico en el que se indica claramente cual es el reglamento final, habiéndose enviado la siguiente comunicación:
“Sirva la presente para saludarlos y adjuntamos el reglamento final que regirá las elecciones de nuestra federación, para la publicación respectiva cumpliendo los plazos establecidos agradeciendo por su atención.
Atte,
Carlos Hurtado de Mendoza Falla
Presidente del Comité Electoral”
El Sr. Presidente del Comité Electoral indica que de acuerdo a las comunicaciones realizadas, el Presidente de la Federación ha cometido un error en retirar de la página web el Reglamento Final y sustituirlo por el anterior reglamento sin contar con el consentimiento del Comité Electoral, siendo que se comunicó debidamente el Reglamento Final. Asimismo, el Comité Electoral se encuentra facultado de conformidad con la Asamblea del 15 de octubre de aprobar el Reglamento que considere que se adecue a los estatutos y puede hacerlo antes de su publicación en la página web y su comunicación a las Ligas. En ese sentido, se ha violado el principio de neutralidad y se ha atentado contra la autonomía del Comité Electoral y del proceso electoral. Coincide con el Sr. Vicepresidente que continuar una elección con un Reglamento Electoral que no es el que éste órgano ha aprobado es inviable.
El Sr. Vicepresidente señala que sólo se debió colgar el Reglamento Final en la página web y que ahora existen dos reglamentos circulando lo que dificulta la labor de éste órgano. Por otro lado manifiesta que no es correcto lo indicado por el Presidente de la Federación, pues el Reglamento modificado era de su conocimiento al igual que de la Junta Directiva, tal como queda constatado con el correo enviado por la Sra. Vicepresidenta de la Junta Directiva, Elena Mantilla, pues esta envío una comunicación el día 25 de octubre del 2020 señalando lo siguiente:
“Buenas tardes con todos, señores directivos y miembros del comité electoral.
Envío este correo como prueba que el reglamento fue manipulado en lo referente al título V:
REQUISITOS DE LOS AFILIADOS PARA TENER DERECHO A VOTO Y PODER PRESENTAR CANDIDATOS A INTEGRAR LA JUNTA DIRECTIVA.
Lo que reza en el documento publicado en la web es distinto TITULO V: REQUISITOS DE LOS AFILIADOS PARA TENER DERECHO A VOTO.
Con el debido respeto que toda la comunidad atlética se merece los instó a corregir y respetar el texto original que se nos hizo llegar , ya que este cambio cambia radicalmente el derecho que asiste a los afiliados hábiles en el goce pleno de sus derechos.
Además se advierte que el artículo 10 , que se cambió también en el sentido que ya no menciona el cumplimiento de los requisitos del artículo 6 y 8.
Lo que si es entendible es el señalamiento de los correos de los miebros del comité, lo cual debió anexarse con una adenda, más no permitirse modificacion alguna al texto original, lo que hace perder su imparcialidad.
Siendo así, espero se corrija esta acción a la brevedad posible ya que desde hoy corre el cronograma que también fue afectado con cambios.
Quedo a la espera de su oportuna respuesta.”
El Sr. Vicepresidente indica que del texto entre otras cosas se puede destacar que era publica ya la modificación que hiciera el Comité Electoral y que en base a su autonomía y antes de su publicación se encontraba facultado a realizar las modificaciones que estimará pertinente como sucede de manera frecuente antes que publique alguna norma y que se advierta de un error, siendo el órgano competente facultado a corregirlo.
2. ANULACIÓN DEL GRONOGRAMA DE ELECCIONES
El Sr. Presidente del C.E. considera que por los argumentos antes expuestos y habiéndose causado un grave daño al presente proceso, es inviable la continuidad de éste, ese sentido, considera que se debe anular el cronograma de elecciones y aprobar uno nuevo a efectos que se inicie un nuevo proceso, debiendo el Presidente de la Federación comunicar que el día convocado para la elección será variado por los considerandos expuestos en el punto primero, debiendo publicarse en los medios oficiales de la federación en un plazo de 24 horas de notificada la presente acta. Es así que el Comité Electoral luego de comunicado lo anterior deberá aprobar una nueva fecha y un nuevo cronograma electoral, para poder continuar con un proceso electoral de manera imparcial, transparente y ajustado a las leyes, reglamentos y nuestro estatuto conforme se nos solicito en nuestra designación de 16 de octubre del 2020.
Los miembros del Comité Electoral, someten a votación y por UNANIMIDAD se aprueba anular el cronograma electoral y la fecha de elecciones, quedando pendiente de aprobar una nueva fecha y un nuevo cronograma electoral.
No habiendo más puntos por tratar, luego de redactada, leída y aprobada por UNANIMIDAD la presente acta, proceden a firmar todos los presentes a la sesión en señal de conformidad.
Siendo las 21:30 horas del día mismo día, se da por concluida la presente sesión.
FIRMADO:
CARLOS JESUS MARTIN HURTADO DE MENDOZA FALLA
REYNA CUSI HUAMÁN
MARCOS ROBERTO RIVERA KITANO